sábado, 23 de maio de 2020
1948. Na Taberna do Marelo
sábado, 22 de febreiro de 2020
Pepe Benito y sus huestes pasan por Abadín
"De paso para Mondoñedo han estado en este término Pepe Benito, Lazcano, Soto Reguera y Jimenez. La estancia de estos buenos señores entre nosotros y recorriendo en automóvil distintas parroquias a lo largo de la carretera obedeció a fines de propaganda electoral.
Ofrecieron con todo el descaro de políticos de los más osados, convertir este término en un valle, derribando hasta las montañas, haciendo además todas las carreteras y caminos que les pidieron.
De todo esto nada nos extraña, pués ya sabemos por experiencia que son ofrecimientos en visperas de elecciones; lo que más nos extrañó, y lo lamentamos, que los cándidos de Gontán hayan tomado la píldora de que les habían de arreglar la feria y hacer la carretera por Romariz y Labrada.
De sobra saben los grandes obstáculos que han sido siempre los caciques del Ayuntamiento para que en otras ocasiones no se hicieran estas obras; y ahora, cándidos, creen de buena fe que estos mismos las han de realizar, ¡Pueden esperar sentados!
martes, 21 de xaneiro de 2020
1950. Concello de Abadín.
28/11/1950. El Progreso.
"Pliego de condiciones de la subasta para la construcción de la Casa Consistorial de esta Ayuntamiento.
El Ayuntamiento Pleno, en sesión de 22 del corriente, acordó anunciar la subasta para contratar la ejecución de las obras de construcción de la Casa Consistorial de este Ayuntamiento, de conformidad al proyecto aprobado por la misma, en las condiciones que a continuación se relacionan:
Primera: Es objeto de la presente subasta la ejecución de las obras del citado proyecto.
Segunda: El presupuesto de contrata, incluidos los honorarios de la dirección facultativa municipal y redacción del proyecto, es de 110.580,16 pesetas.
Tercera: Las proposiciones para optar a la subasta se presentarán a las horas de oficina en la Secretaría del Ayuntamiento, durante el plazo comprendido desde el día de la fecha hasta las once horas del día 9 de diciembre próximo.
El proyecto y expediente completo, estarán de manifiesto al público en la mentada oficina, durante el mismo plazo.
Cuarta: Las proposiciones, debidamente reintegradas con timbre de clase sexta y sello municipal de seis pesetas, redactadas con arreglo al modelo que al final se inserta, se presentarán bajo pliegue cerrado y lacrado, en cuyo anverso debará consignarse que contiene dicha propuesta y la firma del solicitante.
Se presentarán al mismo tiempo, por separado, el resguardo que acredita la constitución del depósito provisional, último recibo de la contribución industrial, cuota sindical, subsidio familiar y de vejez, y en su caso, el poder que justífique la representación que ostenta.
Quinta: El bastanteo de poderes será realizado por cualquiera de los letrados don Enrique Costas Sánchez, de Lugo, don Luis Peña Novo, de Villalba o don José Sánchez Gacio o don Toribio Blanco de Mondoñedo.
Las empresas, Compañias, Sociedades que se presenten a esta subasta, están obligadas al cumplimiento del Real Decreto de 24 de diciembre de 1928 (Gaceta del 29) y disposiciones posteriores de aplicación al caso, presentando las certificaciones con la firma, debidamente legalizada.
Sexta: Los licitadores que concurran a la subasta, deberán consignar en la Depositaria municipal la fianza provisional del 5 por 100 del importe del presupuesto, pudiendo verificarlo bien en metalico, o en valores.
Septima: La apertura de los sobres que contengan las propuestas tendrán lugar en el despacho de la Alcaldía, a las doce horas del dia 9 de diciembre expresado, llevandose a efecto por el señor alcalde o concejal en quien delegue, con asistencia de los miembros del Ayuntamiento señores Fernández Leal y Martinez Fernández, y el secretario de la Corporación.
Si entre las admitidas hubiese dos o más iguales, más ventajosas que las otras, en el mismo acto se verificará licitación por pujas a la llana, durante el término de quince minutos, entre sus autores, y si terminado dicho plazo subsistiese la igualdad, se decidirá por medio de sorteo la adjudicación provisional, levantándose el acta correspondiente.
A los cinco días siguientes, se procederá a efectuar por el Pleno, a la adjudicación provisional a favor de la proposición que estime más conveniente y a la vista de las propuestas y referencias de cada licitante y considere más beneficiosas, levantándose la correspondiente acta aprobándose previamente la adjudicación provisional indicada y convirtiendola en definitiva.
La Corporación se reserva la facultad de declarar desierta la subasta si las proposiciones presentadas no fueran de su agrado, sin derecho a reclamación por parte de los licitantes.
Octava: Hecha la adjudicación definitiva, se requirirá inmediatamente al rematante para que dentro del término de diez días presente el documento que acredite haber constituido la fianza definitiva, consistente en el 10 por 100 del importe del presupuesto, y a firmar dentro del mismo plazo, el correspondiente contrato, con arreglo a la Ley.
Serán de cuenta del adjudicatario, el pago de los anuncios de este contrato y en general, todos los que ocasione esta formalización.
Novena: El adjudicatario deberá dar comienzo a las obras dentro del plazo de diez días y terminarlas en el de seis meses.
Si las obras no se hubiesen terminado dentro del plazo anteriormente citado, el contratista incurrirá automaticamente en el descuento del 5 por 100 del total de la obra que le falte por realizar en el primer mes, y así sucesivamente hasta la completa terminación de las mismas.
Si a los tres meses de haberse debido terminar la obra aún no estuviese la misma terminada, la Corporación declarará por si la rescisión del contrato, con pérdida completa de la fianza, sin derecho a reclamar modificación alguna por parte del contratista.
10: El adjudicatario no tendrá derecho a reclamar modificación alguna en los precios unitarios concertados.
11: El pago de las obras se efectuará mediante la oportuna certificación bimensual de las ejecutadas, expedidas por el director facultativo y con cargo a las subvenciones del Consorcio de Ordenación Rural, o sea por la excelentísima Diputación Provincial.
El adjudicatario deberá abonar el importe correspondiente a los honorarios de la redacción del proyecto y dirección facultativa, dentro de los cinco días siguientes a la fecha de su percepción.
12: El adjudicatario cumplirá todas las disposiciones legales vigentes sobre el contrato de trabajo, seguro y retiro obrero, subsidio familiar, accidentes de trabajo y protección a la industria nacional. Serán también de cuenta del contratista todo lo referente a subsidios y seguros sociales, gratificaciones y vacaciones de caracter reglamentario, así como lo previsto a jornada legal y salarios mínimos.
13: Igualmente se obliga al adjudicatario a someterse en el curso de los trabajos a lo preceptuado en el pliego de condiciones del proyecto y a las órdenes y disposiciones del director facultativo.
14: Los jueces y Tribunales para entender en cuantas cuestiones surjan a consecuencia de la interpretación de este contrato, serán los de Mondoñedo.
15: En lo previsto en las bases y condiciones precedentes, se estará a lo dispuesto en los Reglamentos y disposiciones complementarias vigentes sobre contratación municipal.
Abadín, a 23 de noviembre de 1950.__ El alcalde. Jesús Iglesias.
MODELO DE PROPOSICIÓN
Don................................................................. con domicilio en ....................... en nombre propio (o representación de ..........................................) enterado del anuncio publicado en el Boletín Oficial y de las condiciones que se señalan para la adjudicación por subasta de las obras de construcción de la Casa Consistorial del Ayuntamiento de Abadín, se compromete a tomar a su cargo la ejecución de las mismas con estricta sujección a las expresadas condiciones y con una baja del ..................................... (en letra) por ciento de los precios unitarios que sirven de base para la contrata, o por ........................ ( en conjunto).
Asimismo se compromete a que las remuneraciones que han de percibir los obreros de cada oficio y categoría empleados en las obras por jornada legal de trabajo y por las horas extraordinarias, no han de ser inferiores a los tipos fijados por las disposiciones vigentes.
(Fecha y firma el proponente)
luns, 16 de decembro de 2019
Del poeta de la montaña
Noriega Varela. (Fonte RAG)
30/05/1920. Correo de Galicia. Órgano de la colectividad gallega en la República Argentina.
Antonio Noriega Varela
Versos inéditos
A propósito del homenaje que hoy rendirá a este gran poeta gallego un grupo selecto de compatriotas, según detallamos en otro lugar, ofrecemos a nuestros lectores esta hermosa producción de su estro, la cual tiene toda la fragancia y la frescura del ambiente galiciano.
Como parrafeaban nosos bisabós.
Díxomo unha rapaza de San Juan de Romariz, ayuntamiento de Abadín. (Lugo).
Ela._ Copriñas e máis copriñas
para min son excusadas;
quedoume o libro na casa,
e no nas traigo estudiadas.
El._ ¿Quedouche o libro na casa? ...
Direiche o meu parecer:
o que che quedou na casa
é que non sabes lér.
Ela._ A paso, galán, a paso:
¡non tanta palla á fouciña!,
que anque a traigas afiada
háseche cegar axiña.
El._ A fouciña non se cega
porque ven ben afiada;
pra se cegar a fouciña
ten que bater n´outra palla.
Ela._ Co-a licencia d´os señores,
e d´as señoras d´aquí,
pergúntolle a osté, mancebo,
a que razón ven aquí.
El._ A razón eu a direí,
si quero contar verdá:
veño por pasal-o tempo,
que´é cousa d´a mocedá.
Ela._ A razón, meu queridiño,
a razón ben-a dixeche;
se non sabel-o camiño
volve por onde viñeche.
El._ O camiño ben-o sei,
onde estaba ben-o vin;
pero espero de levar
esa rosa en par de min.
Ela._ A rosa na levarás
porqu-ela non quererá;
volve por aquí á tarde
que a rempuesta che dará.
El._ Non che volvo pol-a noite,
nin tampouco pol-a tarde,
que teño máis que facer
que romper sola en de balde.
Ela._ ¡Hola, hola!, meu querido,
que tanto me desdeñais;
entendín por vida mia,
qu´inda me querías máis.
El._ Eu querer ben che quixera
na vida e no corazón;
pro que me poña-a man ...
eso non, querida, non!
Ela._ A man non cha poñerei,
nin menos falar con vos;
deseara de dormir
unha noite en par de vos.
El._ Non se me dá por teu pai,
nin porque o noxo lle pase;
dáseme por ti, querida,
que fuche comigo a Laxe.
Ela._ Si contigo fun a laxe,
foiche pol-o teu proveito;
esa razón, queridiño,
xa a puideches ter no peito.
El._ N-o peito xa cha piden ter,
si no fuera por gozar
d-a túa conversación.
Ela._ A miña conversación
non che quixo decir nada,
porque Dios así o quixo
que non fose a túa dama.
El._ O non séres miña dama
eso causóuno túa sogra,
o dia d´a túa boda
poño monteira de moda.
Ela._ Poñer monteira de moda,
galán, non ch´é é mala vida,
que agora se ch´acabou
o diñeiro de Castilla.
El._ O diñeiro de Castilla
non che digo que n´é bon.
que m´o axudache a gastar
non San Pedro de Rebón.
Ela._ Nin cho axudei a beber,
nin cho axudei a gastar;
de sete damas que tes
dime con cal has casar.
El._ De sete damas que teño
a ti non se che dia eso,
de sete damas que teño
ti érel-a de menor precio.
Ela._ Anda tú, pícaro de mala fama!
si eu son a de menos precio,
tampouco ti n´es a gala.
El._ Pasei pol-a túa porta,
abrin os ollos e vin
un letreiro que decia:
Eu para ti non nacín.
Ela._ Eu como sabía lér
quitei un, e puxen outro:
si tú non es para min,
eu non son pra ti tampouco.
FIN
Queda la moza vencedora, ou por encima, como dicen nuestras célebres montañesas, pero si él no es lerdo, se retira del torneo diciendo:
¡Ida, de fume
e volta no aire!
Delor de barriga
que nunca ch´amaine.
martes, 10 de decembro de 2019
Os Luaces, de Labrada e Abadín, ata Mondoñedo.
13/07/1939. El Compostelano.
"Al ayuntamiento de Abadín.
Eduardo Lence-Santar y Guitián, natural y vecino de Mondoñedo y cronista oficial de esta ciudad, a V. S. respetuosamente expone:
Que Luis de Luaces y Labrada (1), señor de la torre y coto de Abadín y del palacio y coto de Lagoa de Montes de Meda, profesó gran cariño a Abadín, donde residía buena parte del año y donde tal vez nació.
Era hijo de García de Luaces y Aldara Gómez Aguiar, nieto de Diego de Luaces y Mayor Alfonso y bisnieto de Juán de Luaces, señor de la casa fuerte de Outeiro, en San Pedro de Labrada, y Mayor Yáñez.
Luis de Luaces era descendiente del linaje de Juán García de Luaces, de Lugo, a quien Sancho IV el Bravo, en virtud de los méritos contraídos por el mismo en la toma de Tarifa, librara privilegio de hidalguia el 22 de mayo de la era 1331.
Luis de Luaces y Labrada se casó con D. Leonor Fernández de Estúa y Miranda, en unión de la cual, el 2 de noviembre de 1581, por escritura ante Fernando Rodriguez das Eiras y Villarmeá, vecino de san Cosme de Barreiros, funda el importante vínculo de Luaces que comprendía, entre otros muchos bienes, los siguientes:
Las casas donde los fundadores vivían en Mondoñedo; el lugar y torre de Villajuane; la casa y torre de Villacendoy; el lugar y torre de Villamayor; la casa y torre de Abadín; el beneficio patrimonial de Cazás; el patronazgo de Distriz; el de Santa María de Carballido; el de San Pedro de Corbite; la presentación de San Pedro de Labrada; la del beneficio de Lagoa de Montes de Meda y la del préstamo de Valcarria.
Además, los cotos de Abadín y Lagoa de Montes de Meda, con su vasallaje, jurisdición civil y criminal, señorio, soga e cochillo.
Dispusieron los fundadores que el poseedor del vínculo residiese la mitad de cada año en Abadín y tomase el apellido principal y primero de Luaces y Estua y Labrada o Miranda para siempre, principalmente sea Luaces Estua.
También dispusieron que sus descendientes, tanto legítimos como naturales, por el orden de progenitura, con preferencia de varón a hembra y de los legítimos a naturales, heredasen el vínculo.
Luis de Luaces fué culto, entusiasta y enérgico regidor del Concejo de Mondoñedo. Y el fué quien hizo la alameda de los Remedios y celebró en ella la primera Fiesta del Arbol de España, de que hay noticia.
Veamos lo que acerca de todo esto se dice en el Origen y descendencia de los Luaces, sacada y compuesta por el muy reberendo padre Fray Francisco Mújica, de la Orden de San Benito, año de 1594.
Juan de Luaces tuvo por hijos a Luis de Luaces (2) que fué regidor de la dicha ciudad, el cual plantó la arboleda que está al partir de la ciudad camino de Abadín en un campo donde está una hermita, y dicen en aquella tierra que cuando la plantó convocó a todos los comarcanos y a todos los niños y les dió un gran banquete por que quedase en memoria de que el havía sido el que havia plantado la arboleda que es hoy la salida de más recreación que hay en aquella ciudad de Mondoñedo.
Luis de Luaces y Labrada falleció en Mondoñedo el 7 de marzo de 1601, y fué cuarto abuelo de D. Francisco Antonio de Luaces y Somoza, regidor perpetuo de Mondoñedo y Gentil hombre de boca de S. M.
D. Francisco Antonio, del matrimonio con Dª Josefa Rosa de Presno y Vaamonde, tuvo a don José Cayetano del Carmen, nombrado Obispo de Palencia en 1765.
D. Francisco Antonio era bisabuelo de D José María de Luaces y Presno, último señor jurisdicional de Abadín y Lagoa de Montes de Meda, falleció en Mondoñedo el 11 de diciembre de 1831, siendo enterrado en la capilla de la Peña de Francia, de su propiedad, contigua a la casa del Sr. de Luaces. Y por fallecer éste sin sucesión, pasó el vínculo de Luaces a D. Vicente Varela Luaces y Dª. María Mosquera y Maraña, dueños de la casa y palacio de Campoamor, en el actual municipio de Palas de Rey.
D. José María de Luaces y Presno fué la figura más saliente de toda la provincia de Mondoñedo en su tiempo, después del Obispo.
Era Caballero Maestrante de Ronda y de la Real y distinguida Orden de Carlos III.
Estaba condecorado con la Espuela Dorada, por su Santidadad; con la Benemérita provincial de mil ochocientos ocho y con la Flor de Lis del Ejercito Realista de la Vendee.
Era Fiscal de la Santa Cruzada de Mondoñedo y estaba matriculado en calidad de hacendado, en el Real Consulado de la Coruña.
Donó a beneficio del público el terreno para la plaza de los Molinos, que es de justicia se le ponga el nombre de Luaces, y legó todas sus joyas de adorno con inclusión de las Cruces, a la Virgen de los Remedios.
Con todo lo dicho, en nuestro trabajo inédito Casa de Luaces, y en otros trabajos por nosotros publicados.
Resulta, pués, Luis de Luaces y Labrada un hombre ilustre, digno de figurar en la Historia de España, y por lo mismo es un deber de cultura y patriotismo perpetuar su nombre.
Por la tanto,
Suplica a V. S. se digne copiar en acta solicitud y colocar en la sala de sesiones de la Casa Consistorial una lápida con la siguiente inscripción:
Luis de Luaces y Labrada, señor de Abadín y Lagoa de Montes de Meda y Regidor del Concejo de Mondoñedo, hizo la alameda de los Remedios, de dicha ciudada, y celebró en ella, poco antes del año 1594, la primera Fiesta del Árbol de España de que hoy hay noticias.
¡Honor y gloria al ilustre Señor de Abadín!
Gracia que no duda alcanzar de V. S. cuya vida Dios guarde muchos años.
Mondoñedo, 25 de Abril de 1939. -- Año de la Victoria.
Eduardo Lence Santar y Guitián. Cronista de Mondoñedo.
________________
(1) Del linaje de Luaces fué el Lc. Luaces procurador general del Reino de Galicia, colegial que había sido del Colegio Mayor de Salamanca, del Arzobispo de Toledo, natural y regidor de la ciudad de Santiago, autor del interesante folleto Breve relación del estado del voto en Cortes del Reyno de Galizia y memorial de las razones que tiene para que su Magistral no solo le haga esta merced, sino otras muchas y a sus naturales.
(2) Según datos tomados por nosotros en documentos de la casa de Luaces, Luis de Luaces, como hemos dicho más atrás, era hijo de García de Luaces, hermano de Juán."
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